Hay que abrir las ventanas de par en par!

Cuando los de arriban no quieren y los de abajo no pueden, hay que abrir las ventanas de par en par para que entre aire fresco y se lleve lo podrido y mal oliente. Que se haga la luz y que salga el sol por donde quiera.

El cuartelillo se acabo el día 18 de febrero, en la ejecutiva. Hay un antes y un después de ese día. En este conflicto contra el despido de ANA solo hay una solución/petición, la Rehabilitación en su puesto de Ana y que el o los que tomaron la decisión asuman responsabilidades. Así las cosas, están abiertos todos los frentes posibles.

Por cierto me consta que se están preparando actividades de contrainteligencia para acusarme de cosas que no he hecho, ni comparto. Lo indico con prevención para los responsables, lo que es, es y lo que no, no.

Por último, sigo constatando el desconocimiento profundo del sindicato de algunos dirigentes invito a leer cositas que ponen los estatutos.

Artículo 10. Derechos de los afiliados y afiliadas

f) Solicitar la intervención de los órganos competentes de su ámbito de encuadramiento contra resoluciones de los órganos de dirección o contra actuaciones de miembros del sindicato y, en especial, contra medidas disciplinarias que les afecten directamente.

Artículo 13. Deberes de los afiliados y afiliadas

c) Los acuerdos adoptados por cualquier órgano de la C.S. de CC.OO. son vinculantes y obligan en cuanto a su aceptación y cumplimiento a todos los afiliados y afiliadas representados en el órgano y a los miembros del mismo que los hubieran adoptado. Se respetará a estos últimos el derecho a expresar libremente en el acta en que se hubiera plasmado el acuerdo, la opinión contraria o distinta de la acordada por el órgano.

REGLAMENTO INTERNO DE LA CEC Y DEL SECRETARIADO CONFEDERAL

Artículo 6. Actas de conclusiones y documentación posterior a las reuniones

Las actas de conclusiones recogerán en su contenido, al menos, la fecha de la reunión, asistentes, no asistentes justificados y conclusiones o acuerdos adoptados, así como el resultado de las votaciones habidas además de las propuestas realizadas.

Las actas de conclusiones serán aprobadas como primer punto de la siguiente reunión. Para ello será enviado un borrador de dicho acta de conclusiones antes de cada reunión a los/as miembros de la Comisión Ejecutiva, que serán acompañadas de los documentos incorporados a los debates.

Las reuniones serán recogidas en cinta magnetofónica para su posible trascripción, estando, en cualquier caso, a disposición de los miembros de la Ejecutiva y Consejo Confederal para ser consultadas y bajo la responsabilidad de la Secretaría de Comunicación, lo que las convierte en el acta literal de las reuniones.

Las actas de conclusiones, informes, documentos y resoluciones serán enviadas a todos/as los/as miembros de la Comisión Ejecutiva y Consejo Confederal en un plazo máximo de quince días desde la fecha de su aprobación. No obstante, si mediaran circunstancias que impidieran cumplir el plazo referido, podrán enviarse los documentos reflejando su provisionalidad.

Artículo 10. Medios para el trabajo

Todos los miembros de la Comisión Ejecutiva dispondrán de los medios materiales suficientes para desarrollar su actividad sindical (telefonía móvil y fija, ordenador, cuenta de correo con acceso a las bases de datos confederales, etc.). También dispondrán de una partida presupuestaria propia dentro de los presupuestos de la CEC, que les permita ejercer su trabajo de representación. Dadas las limitaciones de espacio existentes, los miembros de la CEC sin responsabilidades de área podrán compartir despacho y apoyo administrativo siempre que mantengan el mínimo imprescindible para trabajar y archivar sus documentos, es decir una mesa y silla por persona, material de escritorio adecuado y un armario archivador de tamaño suficiente.

UN COMENTARIO Y UNA REFLEXIÓN.

He buscado por todos los lados, estatutos, reglamentos, etc., a ver donde ponía lo que dijo José Mari en la Ejecutiva, acerca de que estaban buscando pruebas porque había quien estaba dando datos de las deliberaciones y documento de la ejecutiva y que eso implicaba que se pudieran exigir responsabilidades por ello. No me constaba que eso fuese un problema, pero ahora ya estoy seguro, por lo que invito al “amigo” José Mari a leer un poquito mas, toda la documentación que quiera del sindicato (no hablamos del cine, ni de música o de otras cosas) en el que diga algo relacionado con que lo que se presenta o se dice en la ejecutiva es secreto o algo parecido. Dicho de otra manera, lo que se dice en la ejecutiva, salvo que expresamente y específicamente para un tema concreto se acuerde en acta, puede saberlo todo dios, hasta los que no son del sindicato. A no ser que alguien piense que ese órgano del sindicato es un lugar de conspiración, que entonces la cosa cambia…

De todas maneras, ya le voy a proponer a los miembros de la Ejecutiva que no cobran que pidan cositas a las que tienen derecho. Por cierto, si no me equivoco solo hay dos en la Ejecutiva de Euskadi, que no cobran, Barroso y Ana.

Una última cosita, en la Ejecutiva, Josu Onaindi, a la sazón Secretario General de CCOO de Euskadi, dijo que la decisión del despido de Ana la tomo José Mari, y que el Secretario de Organización y el mismo, como Secretario General la avalaban. Ya esta claro, quien es el «bueno» de la película.

En todo caso, me ha sorprendido un poquito, porque creo que le han colgado todo el marrón al «pobre chaval». ¿Le estarán retirando la confianza, poco a poco?

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